Compra de tu vivienda habitual antes de 2013
Esta desgravación es de las más recurrentes y populares. Si adquiriste la vivienda en la vives antes del 1 de enero de 2013, o realizaste algún pago para su construcción, te puedes deducir hasta el 15% de lo invertido. el límite de la inversión es de 9.040 €.
Alquilar tu casa a alguien
Conseguir un inquilino para tu casa es, desde mayo de 2023, más rentable si se encuentra en zonas tensionadas por las deducciones que puedes aplicar a tu declaración:
-El 50% de la renta que te pague el inquilino.
-El 70% cuando tu casa está en una zona tensionada y la arriendas a un inquilino de entre 18 y 35 años.
–El 90% si tu casa está en una zona tensionada y renuevas el contrato a tus inquilinos con una rebaja del 5%.
-El 60% cuando has tenido que hacer una rehabilitación en los dos años anteriores a la firma de un contrato de arrendamiento.
-También hay beneficios fiscales cuando el arrendatario es una Administración Pública o una entidad sin fines lucrativos que destine la vivienda al alquiler social.
Pagar el alquiler, en determinadas circunstancias
Para que tu alquiler desgrave debes cumplir algunas condiciones:
-Tener tu contrato firmado antes del 1 de enero de 2015.
-Que tu base imponible no supere los 24.107 euros.
-Que hayas firmado (o, en algunos casos, renovado) el contrato de alquiler después de 2015.
La deducción puede alcanzar el 10,05%. Y a ello se puede sumar las deducciones que se aplican a nivel autonómico, que rondan una media del 15%.