Calendario Declaración de la Renta en 2025: ¿Cuándo se presenta la Renta 2024?

No hace muchos días compartíamos contigo el calendario fiscal previsto para 2025. En ese calendario, figuran unos plazos especialmente importantes para todos los contribuyentes: los de la presentación de la Declaración del Impuesto de la Renta de las personas Físicas de 2024. Lo que llamamos, entre amigos, la Declaración de Hacienda.  Es el acto documental a través del que demostramos lo que hemos tributado a lo largo del año anterior. Y liquidamos el pago o la devolución en caso de que lo tributado no se ajuste a lo que debería ser.

En este post profundizamos algo más en esas fechas, para que te sea más fácil organizar tus papeles y tus citas. 

¿Cuánto dura el plazo para presentar el Modelo 100 de la Declaración de la Renta de 2024?

Podrás presentar la Declaración de la Renta y Patrimonio de 2024 a partir del 2 de abril de 2025. La fecha límite será el 30 de junio de 2025.

Este es el plazo para rellenar y presentar el famoso Modelo 100. En este modelo tendrás que incluir datos personales, como la vivienda y la situación familiar, precisando si hay personas a cargo o minusvalías. También se deben declarar los rendimientos del trabajo, los rendimientos de capital mobiliario y los rendimientos por actividades económicas. Además, se deben detallar las deducciones que correspondan. 

Toda esta información es necesaria para calcular la base imponible y determinar el impuesto a pagar o la devolución correspondiente. 

El modelo 100 se puede presentar de diferentes maneras: online, por teléfono o presencial. Pero cada una tiene un plazo diferente. Vamos a verlo.

¿Cuándo se puede presentar la Declaración de la Renta de 2024 por internet?

La Declaración se puede presentar por internet desde el primer día, es decir, desde el 2 de abril. Puede también usarse este método hasta el último día de la campaña, el 30 de junio.

A lo largo de estas fechas también podrás modificar la declaración por web. 

Para hacer estas gestiones telemáticas deberás contar con una de las siguientes herramientas: 

Como siempre, no perdemos la ocasión de recomendarte que  te hagas con un certificado digital: te ahorra mucho tiempo en gestiones diversas. 

¿Cuándo se puede presentar la Declaración de la Renta de 2024 por teléfono?

El plazo para confeccionar la Declaración con asistencia telefónica comienza el 6 de mayo de 2025 y finaliza el 30 de junio. Pero aquí hay truco, porque es necesario pedir cita previa también por teléfono u online. Y el plazo para solicitar esa cita previa se inicia unos días antes: el 29 de abril, y dura hasta el 27 de junio. 

¿Cuándo se puede presentar la Declaración de la Renta de 2024 presencialmente?

Si lo tuyo es presentarte en las oficinas de la Agencia Tributaria para confeccionar la Declaración, el plazo para hacerlo es el más estrecho de todos. Comienza el 2 de junio de 2025 y finaliza el 30 de junio. Eso sí, para hacerlo también necesitas cita previa. El plazo para concertarla comienza el 29 de mayo y finaliza el 27 de junio.

¿Cómo se solicita la cita previa para presentar la Declaración por vía telefónica o presencial?

Tanto para la presentación presencial como telefónica, la cita previa se pide a través estos números de teléfono:

-Teléfono automático:

  • 91 535 73 26
  • 901 12 12 24

-Servicio de Cita:

  • 91 553 00 71
  • 901 22 33 44 

Asimismo, también se puede concertar la cita previa a través de la página web de la Agencia Tributaria, para lo cual será necesario registrarse en Cl@ve. Este trámite se puede realizar directamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. 

¿Qué es el borrador de la Declaración de la Renta?

El borrador de la declaración de la renta es un documento preparado por la Agencia Tributaria en el que se reflejan los datos fiscales que tiene registrados sobre el contribuyente. Por ejemplo, ingresos, deducciones, retenciones y demás información relevante para el cálculo del IRPF

Es importante señalar que este documento tiene carácter informativo y sirve como base para que el contribuyente pueda comprobar su situación fiscal y elaborar su declaración de la renta. 

En algunos casos, el borrador ya incluye la propuesta de liquidación, es decir, el cálculo de la cantidad que debe ser pagada o devuelta por Hacienda al contribuyente. En ese caso, el contribuyente puede aceptarlo o elaborarlo de nuevo. Nosotros siempre te recomendamos que eches un vistazo a los conceptos que podrías desgravar.

El borrador se puede solicitar y consultar a través de la página web de la Agencia Tributaria o por teléfono.

¿Qué pasa si presento la Declaración de la Renta fuera de plazo?

Si presentas la Declaración de la Renta fuera de plazo, Hacienda puede imponer sanciones y recargos que varían en función del tiempo de retraso y de si la presentación se hace antes o después de recibir un requerimiento.

  • Si la declaración sale a pagar y se presenta fuera de plazo sin requerimiento previo, se aplica un recargo progresivo del 1% por cada mes de retraso hasta un máximo del 12%. Si el retraso supera los 12 meses, el recargo asciende al 15%, al que se suman intereses de demora desde el día siguiente al año de retraso hasta la fecha de pago. No obstante, si se paga voluntariamente dentro del plazo indicado tras la notificación del recargo, puede aplicarse una reducción del 25%.
  • Si la Agencia Tributaria ya ha requerido la declaración, las sanciones pueden oscilar entre el 50% y el 150% del importe adeudado, dependiendo de la gravedad de la infracción. Estas sanciones pueden reducirse en un 30% si el contribuyente acepta la sanción sin recurrirla y en un 40% adicional si se abona dentro del período voluntario establecido tras la notificación.
  • Cuando la declaración sale a devolver, las sanciones son menores: 100 euros si se presenta fuera de plazo sin requerimiento y 200 euros si se presenta tras una notificación de Hacienda, con posibilidad de reducir la multa en un 25% si se paga dentro del plazo indicado.

En cualquier caso, cuanto antes se presente la declaración fuera de plazo, menor será la penalización, por lo que es recomendable regularizar la situación lo antes posible para evitar mayores recargos.

¿Qué pasa si me equivoco con la Declaración de la Renta?

Si te das cuenta de un error en una declaración presentada y aún estamos en plazo de campaña, no tendrás problemas para modificarla. Otra cosa es que el período haya finalizado. Pero sigue siendo posible hacer una rectificación en la declaración

Se pueden hacer rectificaciones durante los cuatro años siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de la declaración. La rectificación se puede hacer presencialmente o a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, donde se debe identificar con firma digital, sistema Cl@ve PIN o número de referencia del expediente de Renta. Una vez en la página de la sede electrónica, se debe buscar la opción «Modificar una declaración ya presentada» y seguir los pasos para modificar la declaración.

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