¿Quién debe presentar el modelo 210?
Deben presentar el modelo 210 todas las personas físicas y entidades no residentes que obtengan rentas en España sin tener un establecimiento permanente en el país. Esto incluye a individuos que alquilan propiedades, inversores que reciben dividendos o intereses, y cualquier no residente que obtenga ganancias patrimoniales en España.
Por ejemplo, un ciudadano francés que posee un apartamento en Madrid y lo alquila a turistas o residentes españoles debe declarar los ingresos por alquiler utilizando el modelo 210. A través de este formulario, pagará el IRNR correspondiente sobre los ingresos obtenidos por el arrendamiento de su propiedad.
Otro caso podría ser el de una consultora de negocios británica que presta servicios de asesoría a empresas españolas sin tener una oficina permanente en España; en su caso debe declarar los honorarios recibidos por estos servicios a través del modelo 210. Esto incluye cualquier ingreso obtenido por servicios profesionales prestados en territorio español.