Vivienda protegida: ¿qué es VPO, VPPL o VPPB?

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Comprar una casa es una de las decisiones de mayor peso en la vida. Una persona que busca vivienda en propiedad se sumerge en una serie de laberintos financieros, legales y burocráticos que, hasta ese momento, no sabía ni que existieran.

La vivienda protegida, comúnmente conocida por VPO, es un mecanismo para acceder a la vivienda con algunas facilidades adicionales. Pero para ello, hay que justificar ciertos requisitos. Te explicamos cuáles.

¿A qué llamamos vivienda protegida?

Vivienda protegida es una forma de designar a las promociones de vivienda nueva que cuentan con alguna ayuda pública para que la compra o el alquiler sean más accesibles a personas con menor nivel de renta. Las administraciones construyen viviendas o benefician de algún modo a los constructores (por ejemplo, con la cesión de suelo) a cambio de que estos ofrezcan sus casas a precios más moderados.

Se contrapone a la llamada vivienda libre, que es aquella que sólo se somete a las normas del mercado a la hora de fijar sus precios y requisitos de compra.

La vivienda protegida suele ser más económica que la libre, aunque depende mucho del momento: ha habido ocasiones en que la brecha entre ambas se ha encontrado en mínimos, por lo que el primer consejo de este artículo es que compares. Si el precio no lo compensa, quizá no te convenga someterte a las exigencias necesarias para adquirir una vivienda protegida.

Porque como te anticipábamos, para acceder a este tipo de vivienda es necesario cumplir unas condiciones fijadas por ley. Las más importantes son los siguientes:

  • El tamaño de la vivienda tendrá una limitación máxima.
  • No se podrá revender en un período de tiempo.
  • Los compradores no podrán superar un determinado nivel de renta (5,5 veces el IPREM en caso de VPPB y 7,5 veces el IPREM en caso de VPPL).
  • No pueden haberse beneficiado previamente de una vivienda protegida ni tener otra propiedad libre.
  • Tendrán que usarla como residencia principal.

Además, hay múltiples modalidades de vivienda protegida y diferencias en los requisitos fijados según la comunidad autónoma. Vamos a verlas más en detalle.

VPO o Vivienda de Protección Oficial: un término en desuso

Las VPO fueron el primer tipo de vivienda protegida. Se crearon en los años 60 y recientemente han dejado de incluirse en los planes de vivienda estatal.

Al igual que sucede con las viviendas protegidas en la actualidad, las VPO estaban sometidas a criterios diferentes según el lugar donde se construyesen. Habitualmente no podían tener más de 90 metros cuadrados. Las renta máxima de los compradores era de 5,5 veces el IPREM, tenían que convertir la VPO en su residencia habitual y comprometerse a no venderla en un período de tiempo.

VPOPP: Vivienda de Protección Oficial y Promoción Pública

En la VPOPP, es un organismo o una empresa pública quien compra el suelo, obtiene la financiación, construye y comercializa las viviendas.

El acceso a ellas suele ser por sorteo.

VPP: Vivienda de Protección Pública

A diferencia de la anterior categoría, éstas viviendas son gestionadas por una empresa privada, mientras que las administraciones públicas facilitan el proceso a cambio de limitar el precio de venta.

Hay diferentes tipos:

1. VPPB: Viviendas de Protección Pública Básica

  • Requisitos de construcción: Máximo de 110 metros cuadrados; sin embargo, en algunas comunidades se permite más metros para familias numerosas.
  • Nivel máximo de renta del comprador: 5,5 veces el IPREM, salvo excepciones por comunidad autónoma.
  • Plazo para reventa: 20 años, aunque puede solicitarse la descalificación a los 15; la reventa estará sujeta a un precio máximo que indicará la comunidad autónoma.

2. VPPL: Viviendas de Protección Pública de Precio Limitado

  • Requisitos de construcción: Máximo de 150 metros cuadrados.
  • Nivel máximo de renta del comprador: 7,5 veces el IPREM, salvo excepciones por comunidad autónoma.
  • Plazo para reventa: 20 años, aunque puede solicitarse la descalificación a los 15; la reventa estará sujeta a un precio máximo que indicará la comunidad autónoma.

3. VPPA: Viviendas de Protección Pública para Arrendamiento

Destinadas al alquiler con rentas limitadas.

  • Requisitos de construcción: 110 metros cuadrados.
  • Requisitos para el arrendador: fijados por las comunidades autónomas.

4. VPPA OC: Viviendas de Protección Pública para Arrendamiento con Opción de Compra

Destinadas al alquiler con rentas limitadas y posibilidad de compra a precio ventajoso.

  • Requisitos de construcción: 110 metros cuadrados.
  • Requisitos de acceso: fijados por las comunidades autónomas; existe la modalidad VPPA OCJ, que se reserva para menores de 35 años.

VPT: Viviendas de precio tasado

Las VPT no llegan a alcanzar la categoría de VPP ni de VPO, pero si ofrecen a los compradores la opción de acceder a ayudas, subvenciones o préstamos especiales. A diferencia de todas las anteriores, las VPT pueden ser nuevas o usadas, y tiene que haber transcurrido más de un año desde su construcción. El acceso a ellas no responde a criterios uniformes.

Estas son las principales categorías de vivienda protegida que existen en el mercado. Cabe señalar que en los últimos años la construcción de este tipo de promociones ha bajado mucho con respecto a los años de la burbuja inmobiliaria. Sin el 2006 se levantaron casi 100.000 VPP, en 2018 apenas se superaron las 11.000.

Un último consejo: consulta la información de tu comunidad con respecto a la vivienda protegida, porque los cambios entre una y otra pueden suponer que accedas a una vivienda a buen precio o que te quedes fuera. Aquí tienes enlaces que te serán muy útiles.

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